Cómo reclamar por problemas con tus seguros

Si tienes un seguro, debes saber (o igual ya los sabes si has necesitado usarlo), que la relación de los consumidores con las compañías aseguradoras es a menudo conflictiva: las condiciones de la póliza son problemáticas, te cobran más de lo que habías acordado o te pagan menos de lo que hace falta, la solución al siniestro se eterniza… Te contamos cómo actuar y cómo se reclama paso a paso por las distintas vías posibles.
Índice de contenidos
En este artículo encontrarás información sobre:
Cómo reclamar al seguro, paso a paso
¿Llevas tiempo pagando el seguro y justo cuando lo necesitas te da la espalda?
No te conformes. Te ayudamos a reclamar
Básicamente, hay dos maneras de reclamar a la compañía de seguros, según cuál sea el problema:
- La vía pericial solo vale cuando tu desacuerdo con la compañía tenga que ver con la valoración de los daños. O sea, con que te quieran dar un dinero o solución que tú estimas insuficiente y no ajustada a lo que se podía esperar del seguro. Además, solo afecta a estos seguros:
- Los que cubren daños a objetos (la casa, el coche...).
- Los que cubren daños a personas en seguros de accidentes o enfermedad, solo en los procesos en los que se discuta un cierto grado de invalidez. De hecho, en esos casos, no se puede acudir a la vía judicial sin pasar antes por la vía pericial.
Por otro lado, la vía pericial no interesa a menos que se discuta una cantidad importante, ya que los gastos de pagar a un perito no compensan si la indemnización es pequeña. No obstante, sí conviene dar el primer paso, pues es gratuito: buscar uno mismo precios y presupuestos que permitan apreciar lo escasa que es la indemnización ofrecida por la compañía.
- Las otras vías de reclamación sirven para todos los demás problemas e incluyen el intento de solución amistoso, la vía judicial, la arbitral, así como la intervención de la DGS, que es el órgano que supervisa la actividad aseguradora en España.
Pero si te ves perdido, no dudes en usar los servicios de la Asesoría Legal de OCU.
Volver arriba
Esta información está reservada a Amigos de OCU y socios
Para seguir leyendo, por favor, identifícate como Amigo o socio
¿Todavía no estás registrado? Registrarse
Contenido reservado a socios y Amigos de OCU.
Para acceder a este contenido por favor identifícate o regístrate como Amigo .1.El primer paso lo das tú
Si el seguro propone una cuantía que te parece insuficiente para cubrir los daños o no acaba de proponer una, pide presupuesto a un par de profesionales para hacer la reparación o busca precios si se trata de reponer los bienes, y usa esos datos para tratar de negociar una indemnización de cuantía similar, incluso acudiendo al defensor del cliente de la entidad. Si esto no funciona, valora si adentrarte en la vía pericial, que por ser costosa a menudo no interesa.
2. Cada uno paga a su perito
Si el seguro no da su brazo a torcer, puedes acudir a la vía pericial, en la que un perito designado por ti (puede ser el mismo reparador del primer paso) y otro designado por la aseguradora determinan el importe de los daños, con el desempate de un tercer perito neutral si no se ponen de acuerdo. Cada uno debe pagar a su perito y la mitad de los demás gastos (también podrían recaer en una sola de las partes, como una especie de castigo, si hace una tasación “manifiestamente desproporcionada”).
3. El dictamen es vinculante
La cantidad que se dictamine en la vía pericial te la deben ingresar en el plazo de 5 días, salvo que tú o la compañía quieran meterse en juicio para impugnar el dictamen (si ella impugnara, tendría antes que pagarte el importe mínimo de los daños que se conozcan en ese entonces)
1. Primero, por las buenas
Reclama por escrito ante el servicio de atención al cliente o el defensor del asegurado de la compañía. Sírvete del documento de reclamación al servicio de atención al cliente que hallarás aquí o busca la ayuda que la Asesoría de OCU te prestará si eres socio de OCU Legal.
2. Hasta 2.000 euros, juicio verbal
Si no contestan en un mes o te dan una solución insatisfactoria, pero las pruebas están de tu parte y la cifra en discusión no pasa de 2.000 euros, ve a la vía judicial. No necesitarás abogado ni procurador, así que te costará muy poco (aquí tienes un modelo de demanda sucinta de juicio verbal).
3. Más de 2.000 euros, sopesa
Si pides más de 2.000 euros, necesitarás asistencia de abogado y procurador. Valora si te compensa el pago de sus honorarios, según cuánto dinero haya en juego y lo sólidas que sean tus pruebas.
4. Arbitraje, si el seguro se somete
Una alternativa más barata y, en general, más rápida es ir al arbitraje de consumo, pero solo saldrá adelante si la compañía acepta someterse o está adherida al arbitraje de antemano. El laudo arbitral es de obligado cumplimiento para ti y para la compañía, y cierra la posibilidad de ir a juicio.
5. La DGS, si no tienes prisa
Antes de ir a juicio o a arbitraje, puedes intercalar este paso: acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros. Si te dan la razón, a lo mejor su seguro acata el dictamen y se acaba el problema. Si no lo hace, dado que no es vinculante, tendrías una prueba de mucho peso a tu favor. El problema de este servicio es que puede tardar mucho más de cuatro meses en pronunciarse, que en teoría es el plazo máximo. ¡Hasta uno y dos años han esperado algunos de nuestros socios!