Claves para entender tu nómina
Si crees que conoces tu nómina porque miras el importe y más o menos te cuadra, te estás quedando en la superficie. Mira nuestra nómina comentada y entenderás mejor cómo se remunera tu esfuerzo y en qué medida tú y tu empresa contribuís a rellenar las arcas públicas para darte cobertura si te quedas en paro, estás de baja por enfermedad, tienes un accidente laboral, te jubilas...

Si eres empleado, te interesa entender tu nómina, ese recibo especialmente hecho para ti, que justifica las contrapartidas que la empresa te da por trabajar y que puedes necesitar para muchas cosas: desde pedir un préstamo hasta alquilar una casa, pasando por conocer determinados derechos que vas adquiriendo, como el de cobrar una pensión en el futuro.
Así pues, te animamos a mirar la nómina que obligatoriamente deben hacerte llegar en papel o en formato digital. Si no lo hacen, lo puedes denunciar a la Inspección de Trabajo, que podría imponer hasta 750 euros de multa a tu empresa.
Además, la nómina debe incluir, al menos, los conceptos que establece el modelo oficial, que te mostramos debajo, aunque se pueden añadir y detallar otros.
Cómo leer una nómina y saber que está bien
Este es un modelo de nómina oficial. Fíjate en los números: te explicamos qué significan.

1. Total días
Si el salario es mensual, figuran 30 aunque el mes tenga 28, 29 o 31.
2. Devengos
Componen el salario bruto e incluyen en primer lugar las cantidades recibidas como contrapartida del trabajo, incluidos el salario en especie, que se valora según ciertas reglas, y las horas extra, que si no se compensan con descanso, se han de pagar como poco al precio de la hora ordinaria.
Aparte se incluyen las percepciones no salariales, que no compensan propiamente el trabajo: desde las dietas de viaje hasta la prestación que paga la Seguridad Social durante una baja por enfermedad o la cantidad suplementaria que a lo mejor paga la empresa en ese periodo para igualar el salario habitual.
- El salario base es el corazón del total de remuneraciones o devengos que recibes por tu trabajo y no puede ser inferior al mínimo que marque tu convenio para tu categoría o grupo profesional (que también figura en la nómina). Si no hay convenio aplicable, entonces debe ser, al menos, igual al salario mínimo interprofesional o SMI.
- Cada cierto número de años tu salario se podrá incrementar gracias al complemento por “antigüedad”, que se calcula tomando de referencia el salario base. La fecha de alta del contrato no tiene que figurar obligatoriamente en la nómina, así que si necesitas refrescarte la memoria debes consultar tu contrato. Procura prestar una atención especial a la nómina cuando tu antigüedad complete una unidad (trienio, quinquenio...).
- Hay distintos conceptos salariales que pueden aumentar o menguar en función de la política salarial de la empresa y conseguir que, pese a producirse una subida técnica, en la práctica recibas lo mismo de siempre. Si tu salario supera el mínimo marcado por el convenio, le pueden aplicar los mecanismos de “compensación o absorción”, que permiten suprimir o menguar unos conceptos de la nómina, como el “plus absorbible convenio” o el “complemento a cuenta del convenio”, al tiempo que aumentan otros. Al final, el resultado de la subida puede ser cero.
- Los pagos en especie, si existen, no pueden superar el 30% de las retribuciones totales. Además:
- El salario que recibes en dinero en computo anual nunca puede ser menor del salario mínimo interprofesional que esté vigente cada año (reducido en proporción al número de horas trabajadas, si trabajas a tiempo parcial). Es decir, que tu empresa no puede menguar lo que recibes en dinero a cifras inferiores al SMI, con la excusa de que te está dando también pagos en especie.
- Diversas remuneraciones en especie están libres del impuesto sobre la renta dentro de ciertos límites, por lo que son muy atractivas para el trabajador. Ejemplo: si te pagan salario normal en metálico y usas una parte para tus menús del día laborable, tendrás que tributar por el dinero recibido; pero si te dan un cheque restaurante para hacer ese mismo gasto, no tributa dentro de ciertos límites, con lo que ahorras el impuesto correspondiente.
El recibí solo hay que firmarlo si se cobra en efectivo o en cheque, pero si se cobra por transferencia bancaria, el comprobante emitido por el banco sustituye a la firma del trabajador.
Recuerda, por otro lado, que firmar la nómina no significa estar conforme y que si la empresa te debe dinero, por ejemplo porque has hecho horas extraordinarias y no figuran, la firma no significa que hayas renunciado a una posible reclamación posterior.
3. Deducciones
El salario que se recibe limpio, es decir, el salario neto o líquido, es lo que queda del salario bruto tras descontar distintas cantidades, principalmente un anticipo del IRPF o retención y las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social.
- El porcentaje de retención por el IRPF aumenta a medida que el salario crece y además varía según cuáles sean las circunstancias familiares del trabajador. Por eso es obligatorio que comuniques a la empresa cambios como que has tenido un nuevo hijo o un familiar tuyo ha empezado a estar a tu cargo. Si tu salario sube pero también lo hace el porcentaje de retención, puede que no notes la subida o incluso que recibas menos líquido. Es importante que compruebes que tu retención está bien, como se explica en este enlace, para que al llegar la declaración de la renta no te lleves un susto.
- Las cotizaciones que haces a la Seguridad Social alimentan las huchas públicas con las que se cubren las prestaciones que se pagan a los trabajadores si están de baja por enfermedad común o accidente no profesional, si caen en el desempleo, se jubilan... Tu empleador también cotiza para que estés cubierto si se producen esas contingencias, haciendo una aportación muy superior a la tuya, que figura en otra parte de la nómina (en el punto 4 de la nómina de ejemplo).
Con el tiempo, se han ido creando cotizaciones por nuevos conceptos:
- En 2023 se empezó a exigir el MEI o mecanismo de equidad intergeneracional, una cotización especial creada en la última reforma del sistema de pensiones para alimentar su fondo de reserva.
- En 2025 se ha empezado a exigir la cuota de solidaridad que solo afecta a empleados con salarios altos, como explicamos en este enlace.
Aparte, hay deducciones menos corrientes, como una sanción de empleo y sueldo que pueden haberte impuesto o un embargo.
4. Base y aportación empresarial
Tus cotizaciones a la Seguridad Social y las que la empresa hace por ti se calculan aplicando unos porcentajes a tu base de cotización. La base siempre incluye la prorrata mensual de las pagas extra, aunque esas pagas se cobren solo en verano y en Navidad.
El empresario paga algunas cotizaciones por el trabajador en solitario. Por ejemplo, los conceptos AT y EP aluden a las contingencias profesionales: enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Siempre bien informado
¿Ya entiendes mejor tu nómina? ¿Sabes comprobar si te están pagando lo acordado y están cotizando lo que corresponde? Te animamos a leer también
Si eres empleado, te interesa entender tu nómina, ese recibo especialmente hecho para ti, que justifica las contrapartidas que la empresa te da por trabajar y que puedes necesitar para muchas cosas: desde pedir un préstamo hasta alquilar una casa, pasando por conocer determinados derechos que vas adquiriendo, como el de cobrar una pensión en el futuro.
Así pues, te animamos a mirar la nómina que obligatoriamente deben hacerte llegar en papel o en formato digital. Si no lo hacen, lo puedes denunciar a la Inspección de Trabajo, que podría imponer hasta 750 euros de multa a tu empresa.
Además, la nómina debe incluir, al menos, los conceptos que establece el modelo oficial, que te mostramos debajo, aunque se pueden añadir y detallar otros.
Cómo leer una nómina y saber que está bien
Este es un modelo de nómina oficial. Fíjate en los números: te explicamos qué significan.

1. Total días
Si el salario es mensual, figuran 30 aunque el mes tenga 28, 29 o 31.
2. Devengos
Componen el salario bruto e incluyen en primer lugar las cantidades recibidas como contrapartida del trabajo, incluidos el salario en especie, que se valora según ciertas reglas, y las horas extra, que si no se compensan con descanso, se han de pagar como poco al precio de la hora ordinaria.
Aparte se incluyen las percepciones no salariales, que no compensan propiamente el trabajo: desde las dietas de viaje hasta la prestación que paga la Seguridad Social durante una baja por enfermedad o la cantidad suplementaria que a lo mejor paga la empresa en ese periodo para igualar el salario habitual.
- El salario base es el corazón del total de remuneraciones o devengos que recibes por tu trabajo y no puede ser inferior al mínimo que marque tu convenio para tu categoría o grupo profesional (que también figura en la nómina). Si no hay convenio aplicable, entonces debe ser, al menos, igual al salario mínimo interprofesional o SMI.
- Cada cierto número de años tu salario se podrá incrementar gracias al complemento por “antigüedad”, que se calcula tomando de referencia el salario base. La fecha de alta del contrato no tiene que figurar obligatoriamente en la nómina, así que si necesitas refrescarte la memoria debes consultar tu contrato. Procura prestar una atención especial a la nómina cuando tu antigüedad complete una unidad (trienio, quinquenio...).
- Hay distintos conceptos salariales que pueden aumentar o menguar en función de la política salarial de la empresa y conseguir que, pese a producirse una subida técnica, en la práctica recibas lo mismo de siempre. Si tu salario supera el mínimo marcado por el convenio, le pueden aplicar los mecanismos de “compensación o absorción”, que permiten suprimir o menguar unos conceptos de la nómina, como el “plus absorbible convenio” o el “complemento a cuenta del convenio”, al tiempo que aumentan otros. Al final, el resultado de la subida puede ser cero.
- Los pagos en especie, si existen, no pueden superar el 30% de las retribuciones totales. Además:
- El salario que recibes en dinero en computo anual nunca puede ser menor del salario mínimo interprofesional que esté vigente cada año (reducido en proporción al número de horas trabajadas, si trabajas a tiempo parcial). Es decir, que tu empresa no puede menguar lo que recibes en dinero a cifras inferiores al SMI, con la excusa de que te está dando también pagos en especie.
- Diversas remuneraciones en especie están libres del impuesto sobre la renta dentro de ciertos límites, por lo que son muy atractivas para el trabajador. Ejemplo: si te pagan salario normal en metálico y usas una parte para tus menús del día laborable, tendrás que tributar por el dinero recibido; pero si te dan un cheque restaurante para hacer ese mismo gasto, no tributa dentro de ciertos límites, con lo que ahorras el impuesto correspondiente.
El recibí solo hay que firmarlo si se cobra en efectivo o en cheque, pero si se cobra por transferencia bancaria, el comprobante emitido por el banco sustituye a la firma del trabajador.
Recuerda, por otro lado, que firmar la nómina no significa estar conforme y que si la empresa te debe dinero, por ejemplo porque has hecho horas extraordinarias y no figuran, la firma no significa que hayas renunciado a una posible reclamación posterior.
3. Deducciones
El salario que se recibe limpio, es decir, el salario neto o líquido, es lo que queda del salario bruto tras descontar distintas cantidades, principalmente un anticipo del IRPF o retención y las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social.
- El porcentaje de retención por el IRPF aumenta a medida que el salario crece y además varía según cuáles sean las circunstancias familiares del trabajador. Por eso es obligatorio que comuniques a la empresa cambios como que has tenido un nuevo hijo o un familiar tuyo ha empezado a estar a tu cargo. Si tu salario sube pero también lo hace el porcentaje de retención, puede que no notes la subida o incluso que recibas menos líquido. Es importante que compruebes que tu retención está bien, como se explica en este enlace, para que al llegar la declaración de la renta no te lleves un susto.
- Las cotizaciones que haces a la Seguridad Social alimentan las huchas públicas con las que se cubren las prestaciones que se pagan a los trabajadores si están de baja por enfermedad común o accidente no profesional, si caen en el desempleo, se jubilan... Tu empleador también cotiza para que estés cubierto si se producen esas contingencias, haciendo una aportación muy superior a la tuya, que figura en otra parte de la nómina (en el punto 4 de la nómina de ejemplo).
Con el tiempo, se han ido creando cotizaciones por nuevos conceptos:
- En 2023 se empezó a exigir el MEI o mecanismo de equidad intergeneracional, una cotización especial creada en la última reforma del sistema de pensiones para alimentar su fondo de reserva.
- En 2025 se ha empezado a exigir la cuota de solidaridad que solo afecta a empleados con salarios altos, como explicamos en este enlace.
Aparte, hay deducciones menos corrientes, como una sanción de empleo y sueldo que pueden haberte impuesto o un embargo.
4. Base y aportación empresarial
Tus cotizaciones a la Seguridad Social y las que la empresa hace por ti se calculan aplicando unos porcentajes a tu base de cotización. La base siempre incluye la prorrata mensual de las pagas extra, aunque esas pagas se cobren solo en verano y en Navidad.
El empresario paga algunas cotizaciones por el trabajador en solitario. Por ejemplo, los conceptos AT y EP aluden a las contingencias profesionales: enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Siempre bien informado
¿Ya entiendes mejor tu nómina? ¿Sabes comprobar si te están pagando lo acordado y están cotizando lo que corresponde? Te animamos a leer también
Cómo comprobar la retención en la nómina